Órgano Judicial
Formado por el Tribunal Supremo de Justicia (máxima
instancia de jurisdicción ordinaria), Tribunales, Juzgados y el Consejo de la
Magistratura. La justicia es impartida en dos tipos de jurisdicciones:
ordinaria e indígena originaria campesina. La justicia constitucional se ejerce
por el Tribunal Constitucional.
La potestad de
impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad,
probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación
ciudadana, armonía social y respeto a los derechos.
Constituyen garantías
de la independencia judicial:
1.
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El desempeño de los jueces de acuerdo a la
carrera judicial.
|
2.
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La
autonomía presupuestaria de los órganos judiciales.
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La función judicial es única. La jurisdicción
ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales
departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces; la
jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales; la jurisdicción
indígena originaria
campesina se ejerce por sus propias autoridades; existirán jurisdicciones
especializadas reguladas por la ley.
El
Tribunal Supremo de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicción
ordinaria. Está integrado por Magistradas y Magistrados. Se organiza
internamente en salas especializadas. Su composición y organización se determinará por la ley.
El
Tribunal Agroambiental es el máximo tribunal especializado de la jurisdicción agroambiental.
Se rige en particular por los principios de función social, integralidad,
inmediatez, sustentabilidad e interculturalidad.
Las
naciones y pueblos indígena originario campesinos ejercerán sus funciones jurisdiccionales
y de competencia a través de sus autoridades, y aplicarán sus principios, valores culturales, normas y procedimientos
propios.
La
jurisdicción indígena originaria campesina respeta el derecho a la vida, el
derecho a la defensa y demás derechos y garantías establecidos en la presente
Constitución.
El
Consejo de la Magistratura es la instancia responsable del régimen
disciplinario de la jurisdicción ordinaria, agroambiental y de las
jurisdicciones especializadas; del control y fiscalización de su manejo
administrativo y financiero; y de la formulación de políticas de su gestión. El
Consejo de la Magistratura se regirá por el principio de participación
ciudadana.
El
Tribunal Constitucional Plurinacional vela por la supremacía de la
Constitución, ejerce el control de constitucionalidad, y precautela el respeto
y la vigencia de los derechos y las garantías constitucionales.
En
su función interpretativa, el Tribunal Constitucional Plurinacional aplicará
como criterio de interpretación,
con preferencia, la voluntad del constituyente, de acuerdo con sus documentos,
actas y resoluciones, así como el tenor literal del texto.
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