Organización del Estado Plurinacional de Bolivia
Mostraremos la organización del estado Plurinacional de Bolivia
sábado, 18 de octubre de 2014
jueves, 16 de octubre de 2014
Órganos del Estado
Los órganos del Estado Plurinacional de Bolivia son cuatro el:
- el órgano legislativo
- el órgano ejecutivo
- el órgano legislativo
- el órgano electoral
Bolivia se constituye
como un Estado Unitario Social de Derecho democrático de régimen
presidencialista.
El Sistema de Gobierno se define según lo
establecido en el Artículo 11 de la
Constitución Política de 2009:
Artículo 11. I. La República de Bolivia adopta para
su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria,
con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres.
El Estado boliviano se
organiza a través de la separación e independencia de los órganos: Ejecutivo,
Legislativo, Judicial y Electoral.
Existen cinco niveles
de gobierno:
- nivel plurinacional
- nivel autónomo departamental
- nivel autónomo regional
- nivel autónomo indígena
- nivel municipal.
Órgano Electoral
Órgano Electoral
Compuesto por el Tribunal Supremo Electoral (máxima instancia formada por
siete miembros elegidos por la Asamblea Legislativa Plurinacional), Tribunales
Departamentales, Juzgados Electorales, Juzgados de Mesa y Notarios Electorales.
El Órgano Electoral
Plurinacional está compuesto por:
1.
|
El
Tribunal Supremo Electoral.
|
2.
|
Los
Tribunales Electorales Departamentales.
|
3.
|
Los
Juzgados Electorales.
|
4.
|
Los
Jurados de las Mesas de sufragio.
|
5.
|
Los
Notarios Electorales.
|
La jurisdicción, competencias y atribuciones del Órgano Electoral y
de sus diferentes niveles se definen, en esta Constitución y la ley.
El Tribunal Supremo
Electoral es el máximo nivel del Órgano Electoral, tiene jurisdicción nacional.
El Tribunal Supremo
Electoral está compuesto por siete miembros, quienes durarán en sus funciones
seis años sin posibilidad de reelección, y al menos dos de los cuales serán de
origen indígena originario campesino.
La Asamblea
Legislativa Plurinacional, por dos tercios de votos de los miembros presentes,
elegirá a seis de los miembros del Órgano Electoral Plurinacional. La
Presidenta o el Presidente del Estado designará a uno de sus miembros.
La elección de los
miembros del Órgano Electoral Plurinacional requerirá de convocatoria pública
previa, y calificación de capacidad y méritos a través de concurso público.
Las Asambleas
Legislativas Departamentales o Consejos Departamentales seleccionarán por dos
tercios de votos de sus miembros presentes, una terna por cada uno de los
vocales de los Tribunales Departamentales Electorales. De estas ternas la
Cámara de Diputados elegirá a los miembros de los Tribunales Departamentales
Electorales, por dos tercios de votos de los miembros presentes, garantizando
que al menos uno de sus miembros sea perteneciente a las naciones y pueblos
indígenas originarios campesinos del Departamento.
Órgano Judicial
Órgano Judicial
Formado por el Tribunal Supremo de Justicia (máxima
instancia de jurisdicción ordinaria), Tribunales, Juzgados y el Consejo de la
Magistratura. La justicia es impartida en dos tipos de jurisdicciones:
ordinaria e indígena originaria campesina. La justicia constitucional se ejerce
por el Tribunal Constitucional.
La potestad de
impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad,
probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación
ciudadana, armonía social y respeto a los derechos.
Constituyen garantías
de la independencia judicial:
1.
|
El desempeño de los jueces de acuerdo a la
carrera judicial.
|
2.
|
La
autonomía presupuestaria de los órganos judiciales.
|
La función judicial es única. La jurisdicción
ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales
departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces; la
jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales; la jurisdicción
indígena originaria
campesina se ejerce por sus propias autoridades; existirán jurisdicciones
especializadas reguladas por la ley.
Órgano Ejecutivo
ÓRGANO EJECUTIVO
Compuesto por el Presidente (Jefe de Estado), el Vicepresidente y los
Ministros de Estado. El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por
sufragio universal y tienen un período de mandato de cinco años. Ambos pueden
ser reelegidos por una sola vez de departamentales, regionales y municipales.
El Órgano Ejecutivo
está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el
Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado
Las determinaciones
adoptadas en Consejo de Ministros son de responsabilidad solidaria
Las Ministras y los
Ministros de Estado son servidoras públicas y servidores públicos, y tienen como atribuciones,
además de las determinadas en esta Constitución y la ley:
1.
|
Proponer
y coadyuvar en la formulación de las políticas generales del Gobierno.
|
2.
|
Proponer
y dirigir las políticas gubernamentales en su sector.
|
3.
|
La gestión de la Administración
Pública en el ramo
correspondiente.
|
4.
|
Dictar
normas administrativas en el ámbito de su competencia.
|
5.
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Proponer proyectos de decreto supremo y suscribirlos
con la Presidenta o el
Presidente
del Estado.
|
6.
|
Resolver
en última instancia todo asunto administrativo que corresponda al
Ministerio.
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7.
|
Presentar
a la Asamblea Legislativa Plurinacional los informes que les soliciten.
|
8.
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Coordinar
con los otros Ministerios la planificación y ejecución de las políticas del
gobierno.
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Las Ministras y los
Ministros de Estado son responsables de los actos de administración adoptados en sus respectivas carteras.
Organo Legislativo
ÓRGANO LEGISLATIVO
La Asamblea Legislativa Plurinacional es presidida por el Vicepresidente de
Estado. Está compuesta por dos cámaras: la Cámara de Senadores con 36 miembros
(cuatro representantes de cada departamento) y la Cámara de Diputados con 130
miembros (la mitad elegida por votación directa y la otra mitad elegida de
forma indirecta en la lista encabezada por el candidato a Presidente). Su
facultad es la de aprobar y sancionar leyes. La Constitución prevé
diputaciones especiales para los pueblos indígenas.
La Asamblea
Legislativa Plurinacional está compuesta por dos cámaras, la Cámara de
Diputados y la Cámara de Senadores, y es la única con facultad de aprobar y
sancionar leyes que rigen para todo el territorio boliviano.
La cada Departamento, se eligen la mitad de los Diputados en circunscripciones uninominales. La otra mitad se elige en circunscripciones plurinominales departamentales, de las listas encabezadas por los candidatos a Presidente, Vicepresidente y Senadores de la República.
Los Diputados son elegidos en votación universal, directa y secreta. En las circunscripciones uninominales por simple mayoría de sufragios. En las circunscripciones plurinominales mediante el sistema de representación que establece la ley.
El número de Diputados debe reflejar la votación proporcional obtenida por cada partido, agrupación ciudadana o pueblo indígena.
La distribución del total de escaños entre los departamentos se determinará por el Órgano Electoral en base al número de habitantes de cada uno de ellos, de acuerdo al último Censo Nacional, de acuerdo a la Ley. Por equidad la ley asignará un número de escaños mínimo a los departamentos con menor población y menor grado de desarrollo económico. Si la distribución de escaños para cualquier departamento resultare impar, se dará preferencia a la asignación de escaños uninominales.
Las circunscripciones uninominales deben tener continuidad geográfica, afinidad y continuidad territorial, no trascender los límites de cada departamento y basarse en criterios de población y extensión territorial. El Órgano Electoral delimitará las circunscripciones uninominales.
Las circunscripciones especiales indígena originario campesinas, se regirán por el principio de densidad poblacional en cada departamento. No deberán trascender los límites departamentales. Se establecerán solamente en el área rural, y en aquellos departamentos en los que estos pueblos y naciones indígena originario campesinos constituyan una minoría poblacional. El Órgano Electoral determinará las circunscripciones especiales. Estas circunscripciones forman parte del número total de diputados.
La Cámara de Senadores estará conformada por un total de 36 miembros
En cada departamento se eligen 4 Senadores en circunscripción departamental, por votación universal, directa y secreta
La asignación de los escaños de Senadores en cada departamento se hará mediante el sistema proporcional, de acuerdo a la Ley.Cámara de Diputados
estará conformada por 130 miembros.
En cada departamento
se eligen 4 Senadores en circunscripción departamental, por votación universal,
directa y secreta
La asignación de los
escaños de Senadores en cada departamento se hará mediante el sistema
proporcional, de acuerdo a la Ley.
Estado Boliviano
El Estado Plurinacional de Bolivia
Bolivia se constituye
en un Estado Unitario Social de Derecho
Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático,
intercultural, descentralizado y con autonomías.
Bolivia se funda en la pluralidad y el
pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.
La nación boliviana está conformada por la totalidad
de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario
campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto
constituyen el pueblo boliviano.
Ubicación. Bolivia oficialmente Estado Plurinacional de Bolivia, es un país sin litoral marítimo
situado en el centro-oeste de América del Sur que cuenta con una población de cerca de10,5 millones de
habitantes.
Limita al norte y al este con Brasil,
al sur con Paraguay y Argentina, y al
oeste con Chile y Perú. Comprende distintos espacios geográficos como la
Cordillera de los Andes, el Altiplano, la Amazonía y el Chaco, siendo así uno
de los países con mayor biodiversidad en el mundo.
Políticamente, Bolivia
se constituye como un Estado plurinacional, descentralizado y con autonomías. Se
divide en nueve departamentos.
Sucre es la capital y sede del órgano judicial, mientras
que La Paz es la sede de los órganos ejecutivo, legislativo y electoral. Santa
Cruz de la Sierra es el principal centro económico del país.
En el territorio
boliviano se desarrollaron civilizaciones antiguas, como Tiwanaku y la Cultura Hidráulica de las Lomas. Los imperios
Inca y Español conquistaron el territorio hasta que
el país se independizó de este último en 1825. Bolivia, al haber heredado las
tradiciones del mestizaje colonial y las culturas precolombinas, es un país
multiétnico y pluricultural, rico en la mezcla de tradiciones y folclore de
habitantes mestizos, indígenas, blancos descendientes de criollos,
afrobolivianos, y en menor proporción, de emigrantes europeos y asiáticos.
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